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title: "Jujuy declaró al Águila Poma como Monumento Natural Provincial"
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description: "El propósito de la recientemente sancionada Ley N° 6.387, tiene que ver con proteger a esta especie de aves, promover la divulgación de sus características y garantizar su supervivencia. De esta manera queda prohibida la captura, tenencia o traslado y comercialización del ave, estableciendo así sanciones para quienes incumplan la ley."
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date_published: "2024-05-22T11:30:00-03:00"
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tags:
  - "Ambiente"
  - "Aves"
  - "Fauna"
  - "Jujuy"
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# Jujuy declaró al Águila Poma como Monumento Natural Provincial

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A partir de un proyecto elaborado por el Ministerio de Ambiente y Cambio Climático, **la Legislatura de Jujuy declaró al Águila Poma (Spizaetus isidori) como Monumento Natural Provincial**, con el propósito de **garantizar la protección y conservación de la especie,** promover su conocimiento científico y estimular la educación ambiental, y asegurar su supervivencia para el futuro. Se trata de una iniciativa que cuenta además con aportes del sector académico, especialistas e investigadores de esta especie de ave.

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Surge a partir de la **preocupación por la amenaza que sufre la especie**, que se encuentra en riesgo (BirdLife International 2023), incluida en la Lista Roja de Especies Amenazadas de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (IUCN) y considerada en peligro de extinción según los informes del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación y de Aves Argentinas del año 2017.

En ese marco, **la Ley N° 6.387 establece la creación del "Programa Provincial de Protección y Conservación del Águila Poma”,** para la realización de acciones, planes de manejo y estrategias necesarias para proteger, conservar y aumentar el número de ejemplares vivos de la especie, en su hábitat natural dentro del territorio provincial.

Según manifestó la directora de Biodiversidad y Áreas Protegidas, Malvina Quintana, **“se trata de un nuevo hito para la provincia, que da cuenta del enorme compromiso en materia de conservación de la biodiversidad”.** Luego de reconocer y destacar el trabajo de la cámara de diputados par la sanción de la ley, la funcionaria celebró en el recinto de la Legislatura la declaración y explicó que será el propio ministerio de Ambiente y Cambio Climático la autoridad de aplicación de la Ley; y la institución responsable de dictar las normas reglamentarias y operativas necesarias para su ejecución y cumplimiento.

Precisó igualmente que esta ley, que se complementa con otras que prohíben la caza y pesca, y aseguran el resguardo de la biodiversidad. Y se suma a los esfuerzos de otras instituciones y organismos que persiguen el mismo propósito, como por ejemplo los del CONICET y la Universidad Nacional de La Pampa, desde donde se está trabajando el proyecto "Distribución y Ecología Reproductiva del Águila Poma (Spizaetus isidori) en Argentina" (Instituto de Ciencias de la Tierra y Ambientales de La Pampa, Facultad de Ciencias Exactas y Naturales).

En otro orden, la directora a cargo del área de Biodiversidad de la provincia, precisó que con esta ley queda terminantemente prohibida **“la captura, persecución, tenencia, traslado y/o comercialización del Águila Poma; el apoderamiento o destrucción de sus crías o guaridas, de sus despojos o elementos elaborados con éstos o cualquier otra manifestación o aprovechamiento; como así también, el uso de cebos tóxicos que pongan en peligro la supervivencia de la especie”**

Finalmente, anunció que cualquier transgresión y/o violación de los artículos de la Ley, serán sancionados de acuerdo a lo dispuesto por las Leyes NO 6.080 y NO 3.014 y reglamentaciones que se dicten al efecto. Y por eso mismo, las sumas percibidas en concepto de multas y/o sanciones, tendrán como destino al Centro de Atención de la Fauna Autóctona de Jujuy (Cafaju) del Ministerio de Ambiente y Cambio Climático, y para el desarrollo de campañas de divulgación sobre la amenaza de extinción de especies y necesidad de preservarlas.

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