Jujuy declaró al Águila Poma como Monumento Natural Provincial

El propósito de la recientemente sancionada Ley N° 6.387, tiene que ver con proteger a esta especie de aves, promover la divulgación de sus características y garantizar su supervivencia. De esta manera queda prohibida la captura, tenencia o traslado y comercialización del ave, estableciendo así sanciones para quienes incumplan la ley.

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A partir de un proyecto elaborado por el Ministerio de Ambiente y Cambio Climático, la Legislatura de Jujuy declaró al Águila Poma (Spizaetus isidori) como Monumento Natural Provincial, con el propósito de garantizar la protección y conservación de la especie, promover su conocimiento científico y estimular la educación ambiental, y asegurar su supervivencia para el futuro. Se trata de una iniciativa que cuenta además con aportes del sector académico, especialistas e investigadores de esta especie de ave.


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Surge a partir de la preocupación por la amenaza que sufre la especie, que se encuentra en riesgo (BirdLife International 2023), incluida en la Lista Roja de Especies Amenazadas de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (IUCN) y considerada en peligro de extinción según los informes del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación y de Aves Argentinas del año 2017.

En ese marco, la Ley N° 6.387 establece la creación del "Programa Provincial de Protección y Conservación del Águila Poma”, para la realización de acciones, planes de manejo y estrategias necesarias para proteger, conservar y aumentar el número de ejemplares vivos de la especie, en su hábitat natural dentro del territorio provincial.

Según manifestó la directora de Biodiversidad y Áreas Protegidas, Malvina Quintana, “se trata de un nuevo hito para la provincia, que da cuenta del enorme compromiso en materia de conservación de la biodiversidad”. Luego de reconocer y destacar el trabajo de la cámara de diputados par la sanción de la ley, la funcionaria celebró en el recinto de la Legislatura la declaración y explicó que será el propio ministerio de Ambiente y Cambio Climático la autoridad de aplicación de la Ley; y la institución responsable de dictar las normas reglamentarias y operativas necesarias para su ejecución y cumplimiento.

 Precisó igualmente que esta ley, que se complementa con otras que prohíben la caza y pesca, y aseguran el resguardo de la biodiversidad. Y se suma a los esfuerzos de otras instituciones y organismos que persiguen el mismo propósito, como por ejemplo los del CONICET y la Universidad Nacional de La Pampa, desde donde se está trabajando el proyecto "Distribución y Ecología Reproductiva del Águila Poma (Spizaetus isidori) en Argentina" (Instituto de Ciencias de la Tierra y Ambientales de La Pampa, Facultad de Ciencias Exactas y Naturales).

 En otro orden, la directora a cargo del área de Biodiversidad de la provincia, precisó que con esta ley queda terminantemente prohibida “la captura, persecución, tenencia, traslado y/o comercialización del Águila Poma; el apoderamiento o destrucción de sus crías o guaridas, de sus despojos o elementos elaborados con éstos o cualquier otra manifestación o aprovechamiento; como así también, el uso de cebos tóxicos que pongan en peligro la supervivencia de la especie”

 Finalmente, anunció que cualquier transgresión y/o violación de los artículos de la Ley, serán sancionados de acuerdo a lo dispuesto por las Leyes NO 6.080 y NO 3.014 y reglamentaciones que se dicten al efecto. Y por eso mismo, las sumas percibidas en concepto de multas y/o sanciones, tendrán como destino al Centro de Atención de la Fauna Autóctona de Jujuy (Cafaju) del Ministerio de Ambiente y Cambio Climático, y para el desarrollo de campañas de divulgación sobre la amenaza de extinción de especies y necesidad de preservarlas.

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